Tipos de espacios protegidos

España cuenta con una amplia y compleja tipología de áreas naturales protegidas. Esta gran variedad de figuras legales y administrativas, combinada con el hecho de que muchos de ellas se solapan espacialmente, hace que sea especialmente complejo entender cómo se distribuyen nuestros espacios protegidos y las diferencias existentes entre ellos. A continuación presentamos una descripción de los principales tipos de espacios protegidos españoles.

Es muy importante tener en cuenta que muchas de estas figuras se superponen en un mismo territorio. Por ejemplo, casi todos los parques naturales y nacionales forman a su vez parte de la Red Natura 2000, y algunos están incluidos bajo otras figuras internacionales. En otros casos, diferentes tipos de espacios protegidos se juntan sin solaparse en una misma zona. Por ejemplo, en el área de Doñana existen un parque natural y un parque nacional adyacentes, sobre los cuales se solapan categorías como la de humedal de importancia internacional, sitios de Red Natura 2000 y una reserva de biósfera. Si bien esta concentración y solapamiento de figuras de protección sirve para aumentar los niveles de protección y de reconocimiento nacional e internacional, también aumentan la complejidad de los trámites que se deben realizar en un mismo lugar.

Espacio protegido Superficie (ha) Superficie marina (ha) Territorio terrestre (%)
Parque Nacional 16 391.911 96.767 0,8
Parque Natural 152 3.984.061 91.054 7,9
Red Natura 2000 2.126* 13.846.016 5.257.161 27,4
Reserva Natural 291 158.650 10.516 0,3
Monumento Natural 359 89.387 118 0,2
Paisaje Protegido 61 156.776 3.986 0,3
Espacios Marinos Protegidos** 25 0 5.052.699 0
RAMSAR 75 282.804 25.443 0,6
Reservas de Biósfera 53 6.275.791 938.963 12,4
Geoparques 15 2.470.248 223.123 4,9
OSPAR 15 0 2.034.219 0
ZEPIM 9 51.858 96.626 0,1
Totales*** 3197 18.313.516
13.178.938
36,2

* Existe un alto nivel de solapamiento entre los dos tipos de sitios de Red Natura 2000 (ZEPAs y LICs/ZECs), por lo que en realidad el número de espacios realmente diferentes se acerca a la mitad de la cifra señalada. Las superficies ocupadas han sido calculadas sin solapamientos.
** Se incluyen reservas marinas declaradas y las dos áreas marinas protegidas.
*** La superficie total incluye: espacios naturales protegidos (ENP), Red Natura 2000, reservas de la biosfera, humedales de importancia internacional del Convenio RAMSAR, ZEPIM, OSPAR y geoparques.

Fuente: Múgica, M., et al. 2021. EUROPARC-España. Anuario 2020 del estado de las áreas protegidas en España.

Principales espacios naturales protegidos

A continuación queremos describir los principales tipos de espacios protegidos presentes en territorio español:

PARQUE NACIONAL

Los parques nacionales son espacios naturales de alto valor ecológico y cultural poco transformados por la actividad humana cuya conservación se declara de interés general del Estado. Se trata del tipo de espacio protegido más antiguo de la legislación española, habiéndose declarado los primeros parques nacionales (i.e. Ordesa y Covadonga) en 1918. Globalmente los parques nacionales tienden a conservar los paisajes más emblemáticos de un país. En España estos espacios son gestionados por las Comunidades Autónomas con el apoyo, financiamiento y supervisión del Estado a través del Organismo Autónomo de Parques Nacionales. En términos generales los parques nacionales cuentan con mayores niveles de inversión, algunas limitaciones específicas (p.ej. la prohibición de la caza, tala comercial y la pesca) y con mayores niveles de visitación pública en comparación con otros tipos de espacios. Actualmente España cuenta con 16 parques nacionales los cuales ocupan menos del 1% de la superficie terrestre de nuestro país.

Parque Nacional de Cabañeros, Ciudad Real. Foto: Carlos Cairo/Shutterstock

Parque Nacional de Garajonay, Santa Cruz de Tenerife. Foto: RossHelen/Shutterstock

PARQUE NATURAL

A diferencia de los parques nacionales que responden a prioridades nacionales, los parques naturales responden a las estrategias de conservación de las Comunidades Autónomas, siendo creados y financiados por éstas. En general son áreas de uso múltiple que permiten una gran diversidad de actividades tradicionales y extractivas, pudiendo incluir paisajes y ambientes con una importante huella humana. Los parques naturales suelen combinar áreas de uso muy restrictivo con otras mucho más permisivas, y a menudo incluyen poblaciones en su interior, algo que rara vez ocurre en un parque nacional. Actualmente hay declarados 152 parques naturales, que ocupan una superficie de más de 4 millones de hectáreas, lo que supone el 8% de la superficie del país. En general estos parques cuentan con personal especialmente dedicado a su gestión, variando mucho el nivel de inversión entre provincias y comunidades autónomas.

Parque Natural de Redes, Asturias. Foto: StockPhotoAstur/Shutterstock

Parque Natural Torcal de Antequera., Málaga. Foto: Eduardo Estellez/Shutterstock

RED NATURA 2000

La Red Natura 2000 es la red de áreas protegidas más grande del mundo y el principal instrumento en materia de conservación de la naturaleza de la Unión Europea. Si los parques nacionales responden a la legislación nacional y los parques naturales a sus respectivas comunidades autónomas, las áreas protegidas de la Red Natura 2000 responden a las directivas de conservación hábitats y especies de la Unión Europea.

Los espacios de la Red son de dos tipos: los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), que pasan a denominarse Zonas Especiales de Conservación (ZEC) cuando se aprueban sus planes o instrumentos de gestión, y las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Estas áreas pueden ser terrestres y marinas. España es el Estado miembro que mayor superficie total aporta a la red, el primero en superficie terrestre y el segundo en superficie marina tras Francia. En total, España cuenta con 1.468 LIC/ZEC y 658 ZEPA que cubren más de 22 millones de hectáreas, lo que supone un 27,3 % del territorio terrestre español.

A diferencia de los parques nacionales y naturales, los sitios de Red Natura no suelen contar con personal e infraestructura propios, más allá de los que se dediquen a esos parques cuando forman parte de la Red. Esto hace que sirvan más como espacios dedicados a regular usos que a promover o incentivar acciones de conservación o uso público. Por su extensión y contar con la cobertura jurídica de la Unión Europea los espacios de la Red Natura 2000 representan una de las principales herramientas de conservación de nuestro país.

ZEPA Espacio Marino de l’Empordà, Gerona. Foto: Damsea/Shutterstock

ZEPA la Nava-Campos Norte, Palencia.

OTROS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

Aparte de los espacios ya citados, la ley nacional del Patrimonio Natural y la Biodiversidad incluye otros espacios naturales protegidos como las reservas naturales, monumentos naturales y paisajes protegidos. España cuenta con 291 reservas naturales, las cuales ocupan el 0,3% de la superficie terrestre del país. La escasa superficie protegida para el elevado número de reservas naturales (superior al de los parques naturales) indica que se trata de espacios que buscan proteger espacios naturales singulares de tamaño reducido más que ecosistemas. A menudo las reservas naturales aparecen como áreas limitadas y especialmente restrictivas dentro de los parques naturales o sitios de Red Natura.

Esta tendencia al pequeño tamaño se ve agudizada con los monumentos naturales, que con 359 espacios que sólo cubren 0,17% del país. Muchos de estos monumentos tienden a proteger el nacimiento de un río, una formación geológica llamativa y puntual o áreas de anidación de aves o de descanso de murciélagos. Finalmente, el paisaje natural protegido, con 61 ejemplos en el país, es un tipo de espacio protegido menos utilizado que busca conservar paisajes con menos restricciones que los parques naturales o nacionales. En general estos tres tipos de espacios no cuentan con personal propio dedicado a su gestión, aunque sí pueden tener importante infraestructura de uso público.

Aparte de las categorías previas las comunidades autónomas han desarrollado más de 20 figuras legales distintas aplicadas generalmente a lugares de tamaño reducido. Entre éstas se encuentran las microrreservas de flora (especialmente importantes en la Comunidad Valenciana), áreas protegidas de gestión privada o parajes naturales municipales. Estas figuras de menor tamaño bajo gestión local o privada han aumentado especialmente en los últimos años y se espera que sigan haciéndolo especialmente en el futuro.

Monumento Natural Nacimiento del Río Pitarque, Teruel

Paisaje Protegido de Timijiraque, El Hierro. Foto: Victor Suarez Naranjo/Shutterstock

ESPACIOS MARINOS PROTEGIDOS

Además de las ZEC y ZEPA marinas, España cuenta con dos áreas marinas protegidas (El Cachucho y el Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo) y 23 reservas marinas, de las cuales 10 son gestionadas total o parcialmente por la Secretaría General de Pesca y las otras 13 son de gestión autonómica. Algunas de estas reservas tienen como objetivo legal la protección de recursos pesqueros (lo que no impide que acaben conservando biodiversidad en general) mientras que otras tienen como propósito legal la protección de los ecosistemas marinos y especies que viven en ellos. Algunas de estas áreas protegidas marinas cuentan con personal y medios claramente dedicados mientras que otras existen mayormente sobre el papel.

Reserva Marina Cabo de Palos-Islas Hormigas, Murcia. Foto: Damsea/Shutterstock

Reserva Marina Freu de Dragonera, Baleares. Foto: Denis Zhitnik/Shutterstock

Áreas protegidas por instrumentos internacionales

Además de los espacios recién descritos, existen otras áreas designadas bajo convenios y tratados internacionales firmados por España. A diferencia de las anteriores, éstas no suelen contar con planes de ordenación legalmente establecidos, teniendo fundamentalmente un valor de relevancia internacional, con lo que esto conlleva en relación al cumplimiento de obligaciones y estándares internacionales en relación a su cuidado y gestión. Es decir, estos espacios sirven más como “sellos de calidad” vigilados por organismos internacionales que como áreas con un mandato legal claro y equipo técnico propio dedicado a su gestión. De todos modos, tanto los humedales Ramsar como las reservas de la biosfera coinciden parcial o totalmente con algunos de los espacios citados anteriormente (especialmente los parques), lo que les otorga mayor peso legal y operativo.

HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL RAMSAR

España ha firmado el Convenio de Ramsar que tiene como propósito la conservación y el uso racional de los humedales. Este convenio incluye la inclusión por los países firmantes de al menos un humedal considerado de importancia internacional. España actualmente ha designado oficialmente a 75 humedales bajo esta categoría, lo que nos convierte en el tercer país del mundo en número de humedales de importancia internacional después del Reino Unido y México.

Sitio Ramsar l’Albufera de Valencia. Foto: Kesipun/Shutterstock

Sitio Ramsar Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, Cantabria. Foto: Juan Carlos Muñoz/Shutterstock

RESERVAS DE BIÓSFERA

Las reservas de la biosfera son territorios propuestos por los estados a la UNESCO cuyo principal objetivo es armonizar la conservación de la naturaleza con el desarrollo socioeconómico. España tiene reconocidas en la actualidad 53 reservas de la biosfera, siendo el líder mundial en este tipo de espacios internacionales. En total cubren una superficie de 6 millones de hectáreas, lo que supone el 12% de la superficie terrestre española. Las reservas de biósfera se componen de áreas núcleo que suelen ser parques nacionales o naturales con limitaciones, personal e infraestructura claramente destinados a la conservación y el uso público, y áreas de amortiguamiento que suelen tener regulaciones mucho más tenues o carecer de éstas. Algunas reservas de biósfera cuentan con equipos de gestión dedicados específicamente a desarrollar proyectos de conservación y de desarrollo sostenible en su interior.

Reserva de la Biosfera Ribeira Sacra, Galicia. Foto: Luscofusco/Shutterstock

Reserva de la Biosfera de Menorca. Foto: Sandra Kuijvenhoven/Shutterstock

GEOPARQUES

Un geoparque es un territorio que contiene tanto un patrimonio geológico singular como una estrategia de desarrollo propia. A partir del 2015 los geoparques fueron reconocidos por la UNESCO como la Red de Geoparques Mundiales de la UNESCO. En España hay declarados 15 geoparques. Esta figura actúa más como una figura de promoción del paisaje que como una verdadera figura de protección al carecer de capacidad legal para limitar o regular usos o de un personal claramente destinado a su gestión sobre el terreno. España es el segundo país del Mundo en geoparques, después de China.

Geoparque del Maestrazgo, Teruel.

Geoparque Molina-Alto Tajo, Guadalajara.

ÁREAS PROTEGIDAS DEL CONVENIO OSPAR

Con objeto de proteger los mares frente a amenazas como vertidos de residuos peligrosos u otras derivadas del tráfico en el Atlántico, a principios de los 70 se firmaron varios acuerdos que se unificaron en 1992 con la firma del Convenio OSPAR. España aporta 15 espacios a la red OSPAR que suman una superficie de 2.690.919 hectáreas. Las áreas de la Red OSPAR son declaradas y gestionadas por el Estado dentro de áreas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, siempre que no exista continuidad ecológica del ecosistema marino con un espacio natural terrestre objeto de protección, avalada por la mejor evidencia científica existente, en cuyo caso corresponde a las comunidades autónomas su declaración y gestión.

ZEPIM

Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM) nacen en el marco del Convenio de Barcelona firmado en 1995 para garantizar la conservación de los valores naturales y los recursos biológicos del mar Mediterráneo. La declaración de una ZEPIM implica el reconocimiento de que su objetivo principal es la conservación del patrimonio natural, siendo complementarios otros como el patrimonio cultural o el valor científico y educativo. El área debe poseer ya un estatus de protección legal y por tanto unos mínimos para asegurar que hay una entidad responsable de su gestión. Debe contar con un órgano de gestión, un plan de gestión o el compromiso de establecimiento en un corto plazo, máximo 3 años.

Foto: David Carbo/Shutterstock

Foto: Pablo Adrada/Shutterstock

Fuente principal para esta página: Múgica, M., et al. 2021. EUROPARC-España. Anuario 2020 del estado de las áreas protegidas en España. Fundación Fernando González Bernáldez, Madrid. 131 páginas.

Documentos

Lee documentos seleccionados que nos ayudan a entender la situación e importancia de nuestros espacios protegidos: